La Federación Nacional de Cooperativas Mineras (FENCOMIN) exige a la Asamblea Legislativa la aprobación inmediata de contratos mineros. Además, solicita la derogación del inciso c) del paragrafo III del Artículo 93 de la Ley de Minería y Metalurgia, que actualmente prohíbe la minería aurífera en cabeceras de cuencas, lagos, ríos, vertientes y embalses, salvo que se presenten estudios ambientales con enfoque multisectorial. Esta medida podría poner en riesgo los recursos hídricos del Estado, la preservación de los ecosistemas y la vida de diversos pueblos indígenas.
La Ley N° 535 de Minería y Metalurgia “tiene por objeto regular las actividades minero metalúrgicas estableciendo principios, lineamientos y procedimientos, para la otorgación, conservación y extinción de derechos mineros, desarrollo y continuidad de las actividades de manera responsable, planificada y sustentable”, afirma el Artículo 1.
Para Rodrigo Herrera, Director la Asociación Legal Justicia Ambiental, estas acciones ilegales de cooperativas podrían causar daños irreparables a la biodiversidad, el agua, la salud y los derechos de las naciones indígenas. Ademas de continuar con la destrucción de ríos, bosques, ríos y el patrimonio cultural de las comunidades en áreas cercanas a las cuencas.
Esta acción “contradice lo dispuesto por la constitución política del Estado en la parte final del artículo 387, que expresamente estipula que el Estado tiene que evitar toda acción que contamine o dañe los cuerpos de agua”. Herrera además afirma que se está considerando tomar una acción de cumplimiento para exigir al ministro de Minería y Metalurgia que respete el Artículo 222 de la ley minera, que lo responsabiliza de supervisar el cumplimiento de la legislación ambiental, incluyendo la obtención de licencias ambientales. Se argumenta que el ministro no está cumpliendo con esta obligación.
Además, se planea interponer una “acción de inconstitucionalidad abstracta contra el Artículo 93 de la Ley 353”, argumentando que contradice la Constitución, ya que esta señala que el Estado debe evitar acciones que dañen los cuerpos de agua, mientras que el Ministerio de Minería está promoviendo actividades mineras en esos espacios, “también vamos a interponer esa acción en coordinación con senadores”, afirmó.
La CPE expresa que los recursos hídricos son parte fundamental de los ecosistemas y se consideran recursos estratégicos para el desarrollo y la soberanía boliviana, por lo tanto se “evitará acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos que ocasionen daños a los ecosistemas o disminuyan los caudales, preservará el estado natural y velará por el desarrollo y bienestar de la población” expone el Articulo 376.
“Quieren eliminar la necesidad de realizar estudios ambientales con enfoque multisectorial previa a la otorgación de derechos mineros en cabeceras de cuenca, lagos, ríos, vertientes y embalses para dar vía libre a unas 500 solicitudes de derechos mineros. Si se elimina la necesidad de estos estudios aumentará aún más el impacto ambiental que actualmente está provocando la minería del oro por contaminación del mercurio y remoción de áridos”, afirma Pablo Solón de Fundación Solón.
Un estudio de contaminación por mercurio en comunidades indígenas asentadas en los Ríos Madre de Dios y Beni del 2023 realizada a más de 300 personas, reveló que el 74,5% de los encuestados presentan altos índices de mercurio en su cuerpo, con un promedio de 4.04 partes por millón (PPM).
El estudio también indica que los pueblos más afectados son los que se encuentran en las zonas bajas de la cuenca del Beni donde no existe actividad minera a gran escala. Es decir que quienes presentan mayores niveles de mercurio son aquellos que dependen de los peces para su alimentación y no así los directos expuestos al metal.
A través de la resolución de una Acción Popular establecida por el juez de Instrucción Penal de Rurrenabaque en el 2023, se ordena a la AJAM suspender la otorgación de nuevos derechos mineros en las cuencas o riberas del Rio Beni y Madre de Dios, también en los ríos Tuichi, Quiquibey, Kaka, Alto Beni y Tequeje, hasta que se realicen controles eficaces sobre los pasivos ambientales mineros y se ejecuten programas para rehabilitar las aguas, “la eliminación del mencionado inciso de la Ley 535 iría en contra de esta determinación de la justicia“, afirma Solón.
La Federación Nacional de Cooperativas Mineras (FENCOMIN) exige a la Asamblea Legislativa la aprobación inmediata de contratos mineros. Además, solicita la derogación del inciso c) del paragrafo III del Artículo 93 de la Ley de Minería y Metalurgia, que actualmente prohíbe la minería aurífera en cabeceras de cuencas, lagos, ríos, vertientes y embalses, salvo que se presenten estudios ambientales con enfoque multisectorial. Esta medida podría poner en riesgo los recursos hídricos del Estado, la preservación de los ecosistemas y la vida de diversos pueblos indígenas.
La Ley N° 535 de Minería y Metalurgia “tiene por objeto regular las actividades minero metalúrgicas estableciendo principios, lineamientos y procedimientos, para la otorgación, conservación y extinción de derechos mineros, desarrollo y continuidad de las actividades de manera responsable, planificada y sustentable”, afirma el Artículo 1.
Para Rodrigo Herrera, Director la Asociación Legal Justicia Ambiental, estas acciones ilegales de cooperativas podrían causar daños irreparables a la biodiversidad, el agua, la salud y los derechos de las naciones indígenas. Ademas de continuar con la destrucción de ríos, bosques, ríos y el patrimonio cultural de las comunidades en áreas cercanas a las cuencas.
Esta acción “contradice lo dispuesto por la constitución política del Estado en la parte final del artículo 387, que expresamente estipula que el Estado tiene que evitar toda acción que contamine o dañe los cuerpos de agua”. Herrera además afirma que se está considerando tomar una acción de cumplimiento para exigir al ministro de Minería y Metalurgia que respete el Artículo 222 de la ley minera, que lo responsabiliza de supervisar el cumplimiento de la legislación ambiental, incluyendo la obtención de licencias ambientales. Se argumenta que el ministro no está cumpliendo con esta obligación.
Además, se planea interponer una “acción de inconstitucionalidad abstracta contra el Artículo 93 de la Ley 353”, argumentando que contradice la Constitución, ya que esta señala que el Estado debe evitar acciones que dañen los cuerpos de agua, mientras que el Ministerio de Minería está promoviendo actividades mineras en esos espacios, “también vamos a interponer esa acción en coordinación con senadores”, afirmó.
La CPE expresa que los recursos hídricos son parte fundamental de los ecosistemas y se consideran recursos estratégicos para el desarrollo y la soberanía boliviana, por lo tanto se “evitará acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos que ocasionen daños a los ecosistemas o disminuyan los caudales, preservará el estado natural y velará por el desarrollo y bienestar de la población” expone el Articulo 376.
Un estudio de contaminación por mercurio en comunidades indígenas asentadas en los Ríos Madre de Dios y Beni del 2023 realizada a más de 300 personas, reveló que el 74,5% de los encuestados presentan altos índices de mercurio en su cuerpo, con un promedio de 4.04 partes por millón (PPM).
El estudio también indica que los pueblos más afectados son los que se encuentran en las zonas bajas de la cuenca del Beni donde no existe actividad minera a gran escala. Es decir que quienes presentan mayores niveles de mercurio son aquellos que dependen de los peces para su alimentación y no así los directos expuestos al metal.
A través de la resolución de una Acción Popular establecida por el juez de Instrucción Penal de Rurrenabaque en el 2023, se ordena a la AJAM suspender la otorgación de nuevos derechos mineros en las cuencas o riberas del Rio Beni y Madre de Dios, también en los ríos Tuichi, Quiquibey, Kaka, Alto Beni y Tequeje, hasta que se realicen controles eficaces sobre los pasivos ambientales mineros y se ejecuten programas para rehabilitar las aguas, “la eliminación del mencionado inciso de la Ley 535 iría en contra de esta determinación de la justicia“, afirma Solón.
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