En las últimas décadas, se ha consolidado una peligrosa confusión entre socialización y consulta. Esta situación ha sido reforzada por marcos normativos ambiguos o abiertamente tramposos, como la Ley Minería y Metalurgia (Ley 535) o la Ley del régimen electoral (Ley 026) que además diluyeron el fondo de lo que corresponde en cuanto a la consulta. En el caso del litio, esta confusión se agrava aún más por la estreches y falta de claridad de la Ley 928, que resulta insuficiente para garantizar derechos.

El uso discrecional del Estado respecto a los procedimientos que deberían resguardar los derechos de los pueblos indígenas, agrava aún más la situación en cuanto al litio. Socialización y consulta no son lo mismo. Tratar estos términos como si fueran equivalentes no es solo un error técnico: puede ser fuente de desconfianza, de conflictos sociales, y —más grave aún— de violaciones a los derechos colectivos.

La socialización: una herramienta para la información, insuficiente para la participación.

La socialización es un ejercicio de comunicación vertical, en el cual se transmite información desde quienes promueven un proyecto hacia actores de la sociedad civil, parcial o totalmente involucrados en el proceso. Una socialización sirve para comunicar aspectos clave como los objetivos, etapas, riesgos, beneficios y otros detalles técnicos. El propósito principal es que los participantes cuenten con una visión integral de lo que se debe realizar.

En este sentido, la socialización constituye una herramienta esencial para informar, aunque no necesariamente para promover la participación activa en la toma de decisiones. Si bien los participantes pueden formular preguntas, expresar dudas o solicitar aclaraciones, rara vez existe un mecanismo que permita que estas intervenciones influyan en las decisiones ya adoptadas.

Es importante señalar los límites de este proceso: socializar no equivale a consultar. Se trata de informar, de presentar lo que ya ha sido definido, sin abrir espacio para su modificación o debate. La socialización, por tanto, tiene un flujo comunicacional predominantemente unidireccional: desde quienes diseñan o lideran el proyecto hacia quienes lo reciben. Puede contemplar instancias para responder inquietudes, pero su naturaleza sigue siendo informativa, no deliberativa.

El mandato de la Consulta para el Consentimiento libre, previo, informado y de buena fe

La consulta previa, libre, informada y de buena fe tiene otro carácter. Implica una relación horizontal y jurídica, especialmente en el caso boliviano que establece que la base de la consulta para el consentimiento previo libre e informado forma parte del bloque de constitucionalidad. Aquí no se trata solo de “comunicar mejor”, se trata de abrir el proyecto a discusión, ajustes y, si corresponde, rechazo.

Foto: Central Unica Provincial de Comunidades Originarias de Nor Lípez presentan Acción Popular debido a la falta de consulta previa, libre, informada y de buena fe a su territorio, 2025.

Consultar no es cumplir con un requisito de forma; es respetar el derecho a decidir sobre aquello que afecta el territorio, la cultura y la vida de las los pueblos y territorios indígenas.

Como establece el párrafo 285 del Informe 56/09 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

Esta estrategia no solo erosiona la confianza con las comunidades del altiplano, sino que deslegitima el modelo de desarrollo que dice representar al Estado Plurinacional. Porque no hay soberanía si no hay participación real. Y no hay respeto a los pueblos indígenas si su derecho a decidir es sustituido por una presentación en PowerPoint.

Diferencias entre Socialización y Consulta Previa, Libre e Informada

El caso de Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) es emblemático. Bajo el discurso de soberanía y desarrollo estratégico, YLB ha desdibujado deliberadamente los límites entre socializar y consultar. Lo que debería ser un proceso de diálogo con posibilidad de incidencia real, ha sido reducido a un trámite burocrático, superficial y no vinculante, disfrazado de participación.

El desafío que enfrenta Bolivia no es técnico, es político: avanzar hacia una consulta previa genuina, que reconozca el derecho de los pueblos a decir “sí”, “no” o “sí, pero así no” y a su vez respete sus usos y costumbres. Reducir y diluir la consulta a una formalidad, seguirá generando conflictos.

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