Por Fernando Alcons y Pablo Solón
El Gobierno de Rodrigo Paz está al borde de aprobar un Decreto Supremo que crea un fast track (vía rápida) para regularizar los «derechos mineros» que operan sin contrato administrativo desde antes de 2014.
Según datos oficiales, existen 3.982 “derechos mineros” previos a la promulgación de la Ley de Minería y Metalurgia 535 que aún deben adecuarse a esta norma. En los últimos doce años, solo unos 350 “derechos mineros” completaron el proceso y obtuvieron su contrato administrativo minero.
De los 3.982 “derechos mineros” pendientes de adecuación, solo el 70% inició el trámite. De estas 2.816 solicitudes de adecuación, casi la mitad presentan requisitos observados, según informes de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).
12 años de incumplimiento de la ley
Según el artículo 186 de la Ley 535, la no presentación de las solicitudes de adecuación en un plazo de seis meses, o el incumplimiento de los requisitos legales, da lugar a la reversión de dichos derechos mineros. Sin embargo, gobiernos anteriores aprobaron 11 prórrogas para que estos operadores sigan vigentes sin contar con un contrato formal.
Requisitos actuales versus flexibilización
Para adecuarse, la Ley 535 exige a las empresas privadas:
- Formulario oficial de solicitud de adecuación.
- Inscripción en el Registro de Comercio.
- Copias legalizadas de testimonios de concesiones y planos catastrales.
- Certificado de inscripción en el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
- Pago al día de la patente minera.
- Licencia ambiental.
- Documentación del representante legal.
- Memoria descriptiva, Plan de Trabajo e Inversión.
En el caso de las cooperativas mineras, los requisitos son aún menores: no se les exige el certificado del Servició de Impuestos Nacionales, la licencia ambiental ni el plan de trabajo e inversión. Pese a estas facilidades, solo el 8% de los actores mineros concluyó su trámite.
De premio: la vía rápida
El proyecto de decreto supremo del gobierno busca otorgar una nueva ampliación tanto para los 2.816 operadores mineros que tienen su trámite a medias, como para los 1.166 que jamás lo iniciaron en más de una década. Además, reduce las exigencias a solo dos requisitos:
- Registro vigente del derecho minero.
- Constancia de pago de patentes al día.
El decreto supremo otorga un plazo de seis meses para presentar sólo estos dos requisitos, y obliga a la AJAM a publicar en un total de cuatro meses la lista de todos favorecidos.
Un vacío ambiental muy peligroso
Sobre el tema medioambiental, el proyecto es extremadamente vago. Solo hace referencia a los artículos 219 y 222 de la Ley 535, omitiendo la obligación de presentar la licencia ambiental que debe incluir planes para prevenir, controlar y mitigar impactos, así como medidas para rehabilitar áreas explotadas.
¿Está usted de acuerdo con que quienes no se regularizaron durante doce años obtengan un nuevo «perdonazo» y lo hagan por una vía rápida, sin licencia ambiental ni planes de mitigación ambiental?












