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Según la ley, la acción penal del gobierno contra Solón ha prescrito

[La Paz, Julio 25, 2017 – English version] La denuncia penal contra Pablo Solón que presentó el Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción el 2 de septiembre del 2016 -a cuyo cuaderno de investigaciones el acusado recién pudo tener acceso de manera integra 322 días después (21 de Julio del 2017)- fue planteada por los supuestos delitos de “nombramientos ilegales” e “incumplimiento de deberes”. Estos delitos establecidos en los artículos 154 y 157 del Código Penal tienen penas privativas de libertad de un máximo de cuatro años.

Según los artículo 29 inciso 2) del Código de Procedimiento Penal y 101-b) del Código Penal, la acción penal prescribe “en cinco años, para los delitos que tengan señalada una pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea menor de seis y mayor de dos años”.

Toda la acusación contra Solón según la denuncia del Viceministerio es supuestamente porque “en su condición de Jefe de Misión de la Representación Permanente del Estado Plurinacional habría nombrado o designado al Sr. Rafael José Archondo Quiroga como Embajador Representante Permanente adjunto/alterno del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Organización de Naciones Unidas” mediante nota del 19 de enero de 2011, es decir hace hace 6 años y 6 meses. Este es el único presunto hecho que hubiera cometido Solón quien dejó de ser jefe de la Misión ante Naciones Unidas y funcionario público a fines de Junio del 2011, es decir hace 6 años atrás.

Tanto la denuncia del Viceministerio así cómo los diferentes documentos que cursan en el cuaderno de investigaciones de este caso en ningún momento señalan que se hubiera causado daño económico al Estado, que según el articulo 29 Bis del Código de Procedimiento Penal es la única causal por la cual no se aplicaría la prescripción anteriormente mencionada.

Amparado en la ley y en el tiempo transcurrido, Pablo Solón ha presentado este 25 de Julio un memorial dirigido a la jueza 1º Anticorrupción y violencia contra la mujer de la ciudad de La Paz solicitando emita resolución declarando probada la excepción y prescrita la acción penal con el correspondiente archivo de obrados.

En el plazo de 24 horas la jueza Cinthia Delgadillo Aramayo debe poner en conocimiento del Viceministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción y la Fiscalía el pedido del acusado para proceder a convocar la próxima semana a una audiencia para definir la prescripción.

La solicitud de prescripción es personal y una vez que el periodista Rafael Archondo sea legalmente notificado en México donde radica, podrá también solicitar la prescripción de esta injusta acción penal.

El hecho de que el Viceministerio de Transparencia y lucha contra la Corrupción haya presentado esta acción penal contra Solón y Archondo, a sabiendas de que legalmente había prescrito, muestra que la intención detrás de la acusación es desgastar, atemorizar y silenciar a Solón por su posición crítica frente a las mega hidroeléctricas del Chepete y El Bala y a Archondo por sus cuestionamientos al gobierno.

Memorial de excepción de prescripción

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