En los Términos De Referencia (TDR) de los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) de las mega hidroeléctricas de El Bala-Chepete (Beni) y Rositas (Santa Cruz) se establece una “consulta pública” que no guarda ninguna relación con la consulta libre, previa e informada establecida en el Artículo 30 y el Artículo 352 de la Constitución Política del Estado, ni con el Convenio Nº169 de la OIT o con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Los pueblos indígenas y las poblaciones afectadas no han sido preguntadas, ni han definido y acordado con las autoridades cómo será el calendario de la consulta, cuáles serán los procedimientos a aplicarse, la documentación a distribuirse, los idiomas a emplearse, la asesoría especializada que requieren, ni el presupuesto necesario para la realización de la misma. La “consulta pública” para estas mega hidroeléctricas es sólo para: a) dar una información muy reducida, b) escuchar algunas preocupaciones y c) aclarar algunas dudas. En ningún caso se menciona la búsqueda del consentimiento libre, previo, informado y de buena fe de los pueblos indígenas.

El Bala-Chepete

En el caso de El Bala-Chepete, la consultora italiana Geodata tiene un contrato combo por 11,8 millones de dólares para realizar: a) el diseño final de las dos mega hidroeléctricas, b) el EEIA, c) la “consulta pública” y d) los Términos De Referencia de la licitación internacional para la construcción de las mega hidroeléctricas.

Para las obras de El Bala-Chepete habrán tres rondas de “consulta pública y divulgación”. En la primera ronda Geodata presentará un resumen del proyecto y explicará los términos de referencia del EEIA. En la segunda ronda explicará “de forma preliminar los potenciales impactos ambientales y sociales identificados y las medidas de mitigación propuestas”, y en la tercera ronda se presentarán “los resultados del informe del EEIA” y se “escuchará las opiniones/recomendaciones de los interesados en el proyecto y se dará respuestas para aclarar sus dudas y/o preocupaciones de los participantes”.

Geodata realizará la difusión impresa y digital (CD) de un “documento de divulgación” del EEIA de las mega hidroeléctricas 30 días antes de la tercera ronda. Los TDR del contrato con Geodata señalan que “en cada uno de los sitios de divulgación”, se incorporará “un libro de actas con bolígrafos, con el propósito de que los actores involucrados y/o grupos interesados en el proyecto puedan incluir sus comentarios, inquietudes y/o recomendaciones”.

Rositas

En el caso de la mega hidroeléctrica Rositas, ENDE no ha realizado el EEIA antes de proceder a la firma de un contrato de construcción con la Asociación Accidental Rositas compuesta por tres empresas chinas por una suma de mil millones de dólares.

En los TDR de la segunda convocatoria para la realización del EEIA de Rositas, leemos que la consultora elaborará un “mapa de actores clave”, habrán “al menos tres talleres de consulta pública” y “se consensuará un mecanismo mediante el cual se pueda dar curso a la opinión de la población consultada, este periodo de consulta no deberá exceder los 30 días calendario”. “En la última reunión se firmará un Acta de Consulta Pública, que incluirá la descripción del desarrollo del proceso, los resultados de la Consulta y la firma de todos los participantes, para lo cual es indispensable contar con un libro notariado y listas de asistencias”.